CONDICIONES DE COMERCIO CON EL REINO UNIDO TRAS SU SALIDA DE LA UNIÓN EUROPEA

CONDICIONES DE COMERCIO CON EL REINO UNIDO TRAS SU SALIDA DE LA UNIÓN EUROPEA

21 Febrero 2020

El Reino Unido dejó de ser un Estado Miembro de la Unión Europea el 31 de enero de 2020.

1 FEBRERO A 31 DICIEMBRE -> PERIODO TRANSITORIO
Durante este periodo transitorio el desarrollo del comercio bilateral con el Reino Unido se llevará a cabo en las mismas condiciones que las actuales.
Durante este periodo transitorio no habrá cambios.
• No habrá cambios en ningún aspecto: aduanero, fiscal, regulatorio... El Reino Unido seguirá aplicando toda la normativa de la UE.
• El Reino Unido seguirá siendo Territorio Aduanero de la UE y del Mercado Único: continuará la libre circulación de mercancías.
No habrá cambios en el estatus de origen de sus productos. Las empresas seguirán beneficiándose de las preferencias arancelarias de los acuerdos suscritos por la UE en iguales condiciones.

A PARTIR 1 ENERO 2021
• El Reino Unido dejará de aplicar la normativa de la UE y entraría en vigor el acuerdo comercial que se alcance.
• El Reino Unido tendría el mismo trato que otros países de la Organización Mundial de Comercio, con los que la Unión Europea no tiene acuerdo preferencial.
• Para la exportación e importación de mercancías regirán todos los trámites aduaneros y no aduaneros requeridos para país tercero.
• Con o sin acuerdo comercial, tras el periodo transitorio, el Reino Unido quedará fuera de la Unión Aduanera de la UE y será un tercer país a todos los efectos.