21 Febrero 2020
El Reino Unido dejó de ser un Estado Miembro de la Unión Europea el 31 de enero de 2020.
1 FEBRERO A 31 DICIEMBRE -> PERIODO TRANSITORIO
Durante este periodo transitorio el desarrollo del comercio bilateral con el Reino Unido se llevará a cabo en las mismas condiciones que las actuales.
Durante este periodo transitorio no habrá cambios.
• No habrá cambios en ningún aspecto: aduanero, fiscal, regulatorio... El Reino Unido seguirá aplicando toda la normativa de la UE.
• El Reino Unido seguirá siendo Territorio Aduanero de la UE y del Mercado Único: continuará la libre circulación de mercancías.
• No habrá cambios en el estatus de origen de sus productos. Las empresas seguirán beneficiándose de las preferencias arancelarias de los acuerdos suscritos por la UE en iguales condiciones.
A PARTIR 1 ENERO 2021
• El Reino Unido dejará de aplicar la normativa de la UE y entraría en vigor el acuerdo comercial que se alcance.
• El Reino Unido tendría el mismo trato que otros países de la Organización Mundial de Comercio, con los que la Unión Europea no tiene acuerdo preferencial.
• Para la exportación e importación de mercancías regirán todos los trámites aduaneros y no aduaneros requeridos para país tercero.
• Con o sin acuerdo comercial, tras el periodo transitorio, el Reino Unido quedará fuera de la Unión Aduanera de la UE y será un tercer país a todos los efectos.