ANTES 15 DE MARZO: FORMULARIO A ENVIAR POR LOS OBLIGADOS A LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

ANTES 15 DE MARZO: FORMULARIO A ENVIAR POR LOS OBLIGADOS A LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

FORMULARIO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS FICHEROS CON LOS DATOS DE CONTACTO DE LOS INTERESADOS A EFECTOS DE CUMPLIR CON EL TRÁMITE DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA.

ANTECEDENTES
Los artículos 14, 41 y 43 de La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establecen que determinadas entidades están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

Por ello, cualquier procedimiento u otra solicitud o trámite asociado al Área de Control Internacional de Mercancías de la Subdirección General de Sanidad Exterior (SGSE), necesita de la actualización de los datos de los ficheros con datos de carácter personal actualmente existentes.

QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR EL FORMULARIO
Los importadores, agentes de aduanas, transitarios, laboratorios, almacenes de inmovilización, depósitos aduaneros, almacenes de depósito temporal y el resto de entidades o personas jurídicas que de forma habitual o puntual se relacionan con la Administración General del Estado para realizar cualquiera de los siguientes trámites:

  1. Solicitudes de autorización sanitaria para la introducción o importación de mercancías destinadas a uso o consumo humano procedentes de terceros países;
  2. Solicitudes de autorización de las instalaciones fronterizas de control o de almacenamiento sanitario de mercancías;
  3. Solicitudes de designación de los laboratorios de control oficial de alimentos y materiales en contacto con los alimentos procedentes de terceros países; y
  4. Cualquier otro procedimiento o trámite vinculado al Área de Control Internacional de Mercancías de la SGSE.

PROCEDIMIENTO
1.- ANTES del 15 de Marzo 2020.- Deberán cumplimentar, firmar y enviar electrónicamente el siguiente formulario:
Formulario-Declaración para el trámite de notificación electrónica

IMPORTANTE.- El 15 de marzo de 2020, no se podrá firmar la parte II de los CHEDD o CHEDP autorizando el despacho en tanto el interesado en la carga y el importador no hayan presentado el formulario para el trámite de notificación debidamente cumplimentado.

2.- FIRMA ELECTRÓNICA.- El formulario completado en el PDF deberá ser firmado electrónicamente.

3.- PRESENTACIÓN Y REGISTRO.- Una vez cumplimentado y firmado electrónicamente, deberá presentarse a través del Registro Electrónico Común: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Seleccionando en el mismo, como unidad destinataria, la S.G. de Sanidad Exterior, del Ministerio de Sanidad.

4.- ACUSE DE RECIBO Y SUBSANACIÓN DE ERRORES.- Una vez se hayan recibido y comprobado los datos del formulario se procederá a trasladar a cada operador, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas por Comparecencia (SNEC), el correspondiente acuse de recibo y, en su caso, a comunicar los errores o deficiencias detectados, otorgándoles un plazo para la subsanación.

5.- CONSULTAS O DUDAS.- Para cualquier cuestión relacionada con la cumplimentación o la remisión del formulario pueden contactar con la Subdirección General de Sanidad Exterior por correo electrónico a través del buzón sisaexm@mscbs.es